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[[Imagen:Molino Sotomolero.jpg|250px|right|thumb|Molino "Sotomelero"]]
'''Molino Sotomelero'''
El Molino Sotomelero, también conocido como '''finca Soto Melero''', es una antigua hacienda agrícola con molino aceitero situada en el término municipal de Écija, próxima al límite con la provincia de Córdoba, en las cercanías de [[Fuente Palmera]]. Actualmente restaurado como salón de eventos y actividades.
==Historia==
[[Imagen:DENOMINACION-MOLINO Sotomelero.jpg|150px|right|thumb|Documento resumen extraído de la web oficial del propio molino.]]
El origen del Molino Sotomelero se remonta al '''siglo XV''', existiendo referencias documentales desde comienzos del siglo XVI, en torno a '''1504''', que evidencian la consolidación de la '''finca como unidad productiva.'''<ref>Molinum, revista científica. Número 41 Junio 2013. En ella se referencia. "Registro de la propiedad de Écija, folio 41, finca 2.084, año 1504.". En la misma publicación: ''"Molino Sotomelero Antigua hacienda de origen bajomedieval (siglo XV), ubicado entre la Cañada de Rabadán y El Villar, municipio de Écija, que albergaba un molino aceitero con prensa de viga y quintal, viviendas y un señorío. Además, disponía de un pozo con alberca y una noria para el riego de los cultivos agrícolas. El molino Sotomelero está hoy día restaurado y se usa como salón de actos y celebraciones, donde la mala conservación de algunos muros primitivos hizo necesario reemplazarlos por obras más modernas."''</ref><ref>Existencia temprana del molino aceitero, probablemente como explotación señorial o eclesiástica vinculada al auge del olivar en la zona; en esta fase el molino sería una unidad independiente.</ref>
[[Imagen:Soto Melero 1888.jpg|150px|right|thumb|Molino "Sotomelero" año 1888]]
Durante la Edad Moderna, el complejo '''fue configurándose como una hacienda agrícola''' típica de la campiña andaluza, vinculada principalmente al cultivo del olivar y a la '''producción de aceite'''.<ref>Transformación en hacienda agrícola completa, con incorporación de viviendas, dependencias, sistemas hidráulicos. Aquí encaja la arquitectura que se conserva en el siglo XXI.</ref>
La finca actual es el resultado de la '''unión histórica del propio molino con otras dependencias rurales''', entre ellas la denominada casilla de La Palma, de las cuales hay evidencias ya en el siglo XIX. <ref>Propiedad separada: casilla más olivar. Esto encaja perfectamente con concentración de tierras, reorganización agraria del siglo XIX, procesos de embargo/subasta (muy comunes)</ref><ref>Gaceta de Madrid, número 141 fecha 20-05-1888</ref>
Actualmente reformado, el conjunto es destinado a celebración de eventos y otras actividades sociales.
'''Cronología por etapas'''
*'''Siglo XV al siglo XIX''' finca como unidad productiva.
*'''Siglo XIX''' reconfiguración como hacienda agrícola.
*'''Finales del XIX – principios del XX''' explotación olivarera. tradicional con molino activo y producción de aceite.
* '''A lo largo del Siglo XX (finales)''' declive agrícola, va perdiendo su función industrial tradicional.
*'''Siglo XXI (reconversión)''' restauración del conjunto y nuevos usos para eventos.<ref>El Molino Sotomelero nace como molino independiente, evoluciona a hacienda, crece por agregación de propiedades y llega hasta hoy como finca histórica reutilizada.</ref>
[[Imagen:Molino Sotomolero.jpg|250px|right|thumb|Molino "Sotomelero"]]
[[Imagen:Molino Sotomolero.jpg|250px|right|thumb|Molino "Sotomelero"]]


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===Otros datos===
===Otros datos===
*En 1888, un procedimiento judicial promovido por Lorenzo Ostos y Martínez declaró prescritos y caducados diversos censos y cargas que afectaban a la hacienda Soto Melero. Entre los titulares de dichos derechos figuraban numerosos individuos pertenecientes a linajes locales, como Aguilar, Figueroa, Mendoza o Melero.<ref>«Gaceta de Madrid», nº 188, 6 de julio de 1888, pp. 79–80.</ref>
*En 1888, un procedimiento judicial promovido por Lorenzo Ostos y Martínez declaró prescritos y caducados diversos censos y cargas que afectaban a la hacienda Soto Melero. Entre los titulares de dichos derechos figuraban numerosos individuos pertenecientes a linajes locales, como Aguilar, Figueroa, Mendoza o Melero.<ref>«Gaceta de Madrid», nº 188, 6 de julio de 1888, pp. 79–80.</ref>
* A principios del siglo XX se produjo un suceso luctuoso (asesinato) en el contexto de este molino.<ref>''“Hallazgo de un esqueleto. Sevilla 18. Al hacer excavaciones en un molino aceitero de Soto Melero, término de Écija, para colocar una caldera, ha sido hallado un esqueleto. El rumor público sospecha sean los restos de
* A comienzos del siglo XX, el Molino Sotomelero fue escenario del hallazgo de restos humanos. En 1906, durante la realización de obras en el molino, aparecieron huesos humanos enterrados, lo que dio lugar a la apertura de una investigación judicial.<ref>«La Correspondencia de España», 9 de abril de 1906.</ref> Las primeras indagaciones apuntaron a la posible relación de los restos con la desaparición de un individuo ocurrida décadas antes, lo que motivó la detención de varias personas sospechosas.<ref>«Gaceta de Madrid», nº 209, 28 de julio de 1906.</ref><ref>''“Hallazgo de un esqueleto. Sevilla 18. Al hacer excavaciones en un molino aceitero de Soto Melero, término de Écija, para colocar una caldera, ha sido hallado un esqueleto. El rumor público sospecha sean los restos de
Don Juan Martínez de la Cámara, que desapareció hace veintidós años. Entonces se sospechó lo había asesinado su esposa Joaquina Jiménez, en unión de sus convecinos Antonio Rodríguez Salamanca y José Borja Castillo. Por disposición del Juez, la Guardia Civil ha detenido a doña Joaquina en Córdoba y al Rodríguez en una finca próxima a Écija. Borja está actualmente en la cárcel de Posadas por otro delito. Despierta interés el esclarecimiento de este asunto”'' - La Correspondencia de España del día 9 de Abril de 1906.</ref><ref>“UN RECURSO INTERESANTE. El año 1879 contrajeron matrimonio en Sevilla D. José (en la otra nota informativa lo citan como Juan) Martínez de la Cámara y Doña Joaquina Jiménez, mujer de cuantiosa fortuna y de juventud muy borrascosa, que no hubiera pensado probablemente en tan lícita unión, a no tener un hijo, fruto de amores anteriores. Tres años después doña Joaquina denunciaba a las autoridades la desaparición de su esposo y se practicaban las primeras diligencias para averiguar el paradero de D. José. Nadie, sin embargo, supo poner a la Policía en la pista de los criminales y aunque el 7 de Octubre de 1882 dirigió al alcalde de Écija el Juez de Instrucción un escrito en el cual hacíase eco del rumor público, rumor que señala a doña Joaquina y a su cochero con quien sostenía a la sazón amorosas relaciones, como autores de la muerte del Sr. Martínez de la Cámara, nada se consiguió averiguar y hubo de sobreseerse la causa provisionalmente.
Don Juan Martínez de la Cámara, que desapareció hace veintidós años. Entonces se sospechó lo había asesinado su esposa Joaquina Jiménez, en unión de sus convecinos Antonio Rodríguez Salamanca y José Borja Castillo. Por disposición del Juez, la Guardia Civil ha detenido a doña Joaquina en Córdoba y al Rodríguez en una finca próxima a Écija. Borja está actualmente en la cárcel de Posadas por otro delito. Despierta interés el esclarecimiento de este asunto”'' - La Correspondencia de España del día 9 de Abril de 1906.</ref><ref>“UN RECURSO INTERESANTE. El año 1879 contrajeron matrimonio en Sevilla D. José (en la otra nota informativa lo citan como Juan) Martínez de la Cámara y Doña Joaquina Jiménez, mujer de cuantiosa fortuna y de juventud muy borrascosa, que no hubiera pensado probablemente en tan lícita unión, a no tener un hijo, fruto de amores anteriores. Tres años después doña Joaquina denunciaba a las autoridades la desaparición de su esposo y se practicaban las primeras diligencias para averiguar el paradero de D. José. Nadie, sin embargo, supo poner a la Policía en la pista de los criminales y aunque el 7 de Octubre de 1882 dirigió al alcalde de Écija el Juez de Instrucción un escrito en el cual hacíase eco del rumor público, rumor que señala a doña Joaquina y a su cochero con quien sostenía a la sazón amorosas relaciones, como autores de la muerte del Sr. Martínez de la Cámara, nada se consiguió averiguar y hubo de sobreseerse la causa provisionalmente.
En fechas posteriores se abrió de nuevo el sumario con idéntico resultado, pues es lo cierto que los criminales habían borrado todas las huellas de su horrendo delito y ni aun siendo directamente acusados, como lo fueron por dos presos del penal de Ocaña, trasladados a Écija con tal motivo, perdieron en serenidad incurriendo en una sola sospechosa contradicción. Bien es cierto que los años iban transcurriendo y con ellos se extinguía por lo visto sus recuerdos y sus remordimientos, si es que alguna vez se arrepintieron de su execrable crimen. Así las cosas y cuando por todos parecía olvidada la desaparición del Sr. Martínez, vino a interrumpir la dicha que disfrutaba la viuda, y su cochero Antonio Rodríguez Salamanca el macabro hallazgo de un esqueleto en la finca Soto Melero, en la que vivía precisamente doña Joaquina con su esposo Martínez de la Cámara, cuando este desapareció como por encanto. El nuevo propietario del coto denunció el hallazgo a las autoridades. Estas detuvieron a doña Joaquina, a su cochero y a un mozo de mulas y como esta vez no les acusaban dos desdichados presos de un penal, ni se trataba tampoco de un rumor vago y sin fundamento, sino de un descubrimiento decretado por quien todo lo puede, para impedir por más tiempo la impunidad de tan tremendo crimen, los culpables se amedrentaron, incurrieron en varias contradicciones y por último, confesaron su delito, manifestando que en efecto, ellos, los tres, habían asesinado al Sr. Martínez de la Cámara y enterrado su cadáver en el acto. Procesados los tres por la Audiencia de Sevilla, los condenó a muerte, pero entendiendo los procesados que su delito prescribió a los veinte años de su realización, confiaron al Sr. Canalejas el recurso que ayer tarde se vio ante el Tribunal Supremo. La cuestión que ahora ha de resolverse es la de si la prescripción se ha interrumpido, cosa
En fechas posteriores se abrió de nuevo el sumario con idéntico resultado, pues es lo cierto que los criminales habían borrado todas las huellas de su horrendo delito y ni aun siendo directamente acusados, como lo fueron por dos presos del penal de Ocaña, trasladados a Écija con tal motivo, perdieron en serenidad incurriendo en una sola sospechosa contradicción. Bien es cierto que los años iban transcurriendo y con ellos se extinguía por lo visto sus recuerdos y sus remordimientos, si es que alguna vez se arrepintieron de su execrable crimen. Así las cosas y cuando por todos parecía olvidada la desaparición del Sr. Martínez, vino a interrumpir la dicha que disfrutaba la viuda, y su cochero Antonio Rodríguez Salamanca el macabro hallazgo de un esqueleto en la finca Soto Melero, en la que vivía precisamente doña Joaquina con su esposo Martínez de la Cámara, cuando este desapareció como por encanto. El nuevo propietario del coto denunció el hallazgo a las autoridades. Estas detuvieron a doña Joaquina, a su cochero y a un mozo de mulas y como esta vez no les acusaban dos desdichados presos de un penal, ni se trataba tampoco de un rumor vago y sin fundamento, sino de un descubrimiento decretado por quien todo lo puede, para impedir por más tiempo la impunidad de tan tremendo crimen, los culpables se amedrentaron, incurrieron en varias contradicciones y por último, confesaron su delito, manifestando que en efecto, ellos, los tres, habían asesinado al Sr. Martínez de la Cámara y enterrado su cadáver en el acto. Procesados los tres por la Audiencia de Sevilla, los condenó a muerte, pero entendiendo los procesados que su delito prescribió a los veinte años de su realización, confiaron al Sr. Canalejas el recurso que ayer tarde se vio ante el Tribunal Supremo. La cuestión que ahora ha de resolverse es la de si la prescripción se ha interrumpido, cosa
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seno de la sociedad. Publicaremos la sentencia que recaiga. UN PASANTE”. - Diario ABC de Madrid, el domingo 26 de Enero de 1908,</ref>
seno de la sociedad. Publicaremos la sentencia que recaiga. UN PASANTE”. - Diario ABC de Madrid, el domingo 26 de Enero de 1908,</ref>


==Descripción==
El conjunto responde al modelo tradicional de hacienda con almazara, e incluía:
*Molino de aceite con sistema de prensa tradicional (probablemente de viga).
*Almazara para la molienda de la aceituna.
*Vivienda principal.
*Dependencias agrícolas y de servicio.
*Infraestructuras hidráulicas, como pozo, alberca y noria.
La '''arquitectura conserva elementos de los siglos XVII y XVIII''', especialmente en la fachada principal y en la organización del espacio en torno a patios.
==Entorno==
El Molino Sotomelero se sitúa en plena '''campiña del valle del Guadalquivir''', en una zona caracterizada por la explotación agrícola extensiva, especialmente del olivar.
Su localización entre Écija y [[Fuente Palmera]], cerca de [[Cañada de Rabadán]] y [[Villar]], lo vincula tanto a la tradición agraria sevillana como a la cordobesa.
'''Vías de acceso'''
*El molino está situado en el paraje del mismo nombre, carretera [[Fuente Palmera]]-[[Villar]] Pk10,
*'''Vías de acceso: ''' Desde [[Écija]] por las carreteras A8203 y CO4311; desde [[Fuente Palmera]] por la carretera; también desde La Carlota; siempre accediendo finalmente por caminos rurales ya que el molino está enclavado en un paraje rural.
==Uso actual==
En la '''actualidad''', el antiguo molino ha sido rehabilitado y adaptado como finca para la '''celebración de evento'''s, especialmente bodas y reuniones.
El conjunto dispone de espacios interiores y exteriores acondicionados, manteniendo parte de su estructura original.
==Valor patrimonial==
El Molino Sotomelero constituye un '''ejemplo representativo del patrimonio agrario andaluz''', destacando como:
*Antigua explotación olivarera con almazara.
*Muestra de arquitectura rural tradicional.
*Testimonio de la economía agrícola histórica de la campiña de Écija.
Aunque no cuenta con una figura específica de protección patrimonial, forma '''parte del conjunto de haciendas y molinos históricos de la zona'''.
* Actualmente en '''buen estado de conservación y reformado''' para su explotación como salón de actos y eventos tales como bodas, exposiciones, reuniones de empresas,etc. Cuenta con un salón de celebraciones, una zona ajardinada, cocina industrial, comedor, dormitorios y grandes explanadas, además de parte de las herramientas y elementos de trabajo de su pasado reciente.
*Considerado de interés arquitectónico medio, con torre de molino.
== Galería ==
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imagen:Molino Sotomelero.jpg
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imagen:Sotomelero carne circulacion.jpg|Vecino de la zona Soto Melero, carné de circulación, 1937.
imagen:SotoMelero poesia Currete.png|Poesía de Currete, de Cañada del Rabadán, año 2026.
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[[Categoría:Molinos]]


==Descripción==
==Descripción==

Revisión del 15:12 16 abr 2026

Molino "Sotomelero"


Molino Sotomelero

El Molino Sotomelero, también conocido como finca Soto Melero, es una antigua hacienda agrícola con molino aceitero situada en el término municipal de Écija, próxima al límite con la provincia de Córdoba, en las cercanías de Fuente Palmera. Actualmente restaurado como salón de eventos y actividades.

Historia

Documento resumen extraído de la web oficial del propio molino.

El origen del Molino Sotomelero se remonta al siglo XV, existiendo referencias documentales desde comienzos del siglo XVI, en torno a 1504, que evidencian la consolidación de la finca como unidad productiva.[1][2]

Molino "Sotomelero" año 1888

Durante la Edad Moderna, el complejo fue configurándose como una hacienda agrícola típica de la campiña andaluza, vinculada principalmente al cultivo del olivar y a la producción de aceite.[3]

La finca actual es el resultado de la unión histórica del propio molino con otras dependencias rurales, entre ellas la denominada casilla de La Palma, de las cuales hay evidencias ya en el siglo XIX. [4][5]

Actualmente reformado, el conjunto es destinado a celebración de eventos y otras actividades sociales.

Cronología por etapas

  • Siglo XV al siglo XIX finca como unidad productiva.
  • Siglo XIX reconfiguración como hacienda agrícola.
  • Finales del XIX – principios del XX explotación olivarera. tradicional con molino activo y producción de aceite.
  • A lo largo del Siglo XX (finales) declive agrícola, va perdiendo su función industrial tradicional.
  • Siglo XXI (reconversión) restauración del conjunto y nuevos usos para eventos.[6]
Molino "Sotomelero"


Molino Sotomelero

El Molino Sotomelero, también conocido como finca Soto Melero, es una antigua hacienda agrícola con molino aceitero situada en el término municipal de Écija, próxima al límite con la provincia de Córdoba, en las cercanías de Fuente Palmera. Actualmente restaurado como salón de eventos y actividades.

Historia

Documento resumen extraído de la web oficial del propio molino.

El origen del Molino Sotomelero se remonta al siglo XV, existiendo referencias documentales desde comienzos del siglo XVI, en torno a 1504, que evidencian la consolidación de la finca como unidad productiva.[7][8]

Molino "Sotomelero" año 1888

Durante la Edad Moderna, el complejo fue configurándose como una hacienda agrícola típica de la campiña andaluza, vinculada principalmente al cultivo del olivar y a la producción de aceite.[9]

La finca actual es el resultado de la unión histórica del propio molino con otras dependencias rurales, entre ellas la denominada casilla de La Palma, de las cuales hay evidencias ya en el siglo XIX. [10][11]

Actualmente reformado, el conjunto es destinado a celebración de eventos y otras actividades sociales.

Cronología por etapas

  • Siglo XV al siglo XIX finca como unidad productiva.
  • Siglo XIX reconfiguración como hacienda agrícola.
  • Finales del XIX – principios del XX explotación olivarera. tradicional con molino activo y producción de aceite.
  • A lo largo del Siglo XX (finales) declive agrícola, va perdiendo su función industrial tradicional.
  • Siglo XXI (reconversión) restauración del conjunto y nuevos usos para eventos.[12]

Otros datos

  • En 1888, un procedimiento judicial promovido por Lorenzo Ostos y Martínez declaró prescritos y caducados diversos censos y cargas que afectaban a la hacienda Soto Melero. Entre los titulares de dichos derechos figuraban numerosos individuos pertenecientes a linajes locales, como Aguilar, Figueroa, Mendoza o Melero.[13]
  • A comienzos del siglo XX, el Molino Sotomelero fue escenario del hallazgo de restos humanos. En 1906, durante la realización de obras en el molino, aparecieron huesos humanos enterrados, lo que dio lugar a la apertura de una investigación judicial.[14] Las primeras indagaciones apuntaron a la posible relación de los restos con la desaparición de un individuo ocurrida décadas antes, lo que motivó la detención de varias personas sospechosas.[15][16][17]


Descripción

El conjunto responde al modelo tradicional de hacienda con almazara, e incluía:

  • Molino de aceite con sistema de prensa tradicional (probablemente de viga).
  • Almazara para la molienda de la aceituna.
  • Vivienda principal.
  • Dependencias agrícolas y de servicio.
  • Infraestructuras hidráulicas, como pozo, alberca y noria.

La arquitectura conserva elementos de los siglos XVII y XVIII, especialmente en la fachada principal y en la organización del espacio en torno a patios.


Entorno

El Molino Sotomelero se sitúa en plena campiña del valle del Guadalquivir, en una zona caracterizada por la explotación agrícola extensiva, especialmente del olivar.

Su localización entre Écija y Fuente Palmera, cerca de Cañada de Rabadán y Villar, lo vincula tanto a la tradición agraria sevillana como a la cordobesa.


Vías de acceso

  • Vías de acceso: Desde Écija por las carreteras A8203 y CO4311; desde Fuente Palmera por la carretera; también desde La Carlota; siempre accediendo finalmente por caminos rurales ya que el molino está enclavado en un paraje rural.



Uso actual

En la actualidad, el antiguo molino ha sido rehabilitado y adaptado como finca para la celebración de eventos, especialmente bodas y reuniones.

El conjunto dispone de espacios interiores y exteriores acondicionados, manteniendo parte de su estructura original.


Valor patrimonial

El Molino Sotomelero constituye un ejemplo representativo del patrimonio agrario andaluz, destacando como:

  • Antigua explotación olivarera con almazara.
  • Muestra de arquitectura rural tradicional.
  • Testimonio de la economía agrícola histórica de la campiña de Écija.

Aunque no cuenta con una figura específica de protección patrimonial, forma parte del conjunto de haciendas y molinos históricos de la zona.

  • Actualmente en buen estado de conservación y reformado para su explotación como salón de actos y eventos tales como bodas, exposiciones, reuniones de empresas,etc. Cuenta con un salón de celebraciones, una zona ajardinada, cocina industrial, comedor, dormitorios y grandes explanadas, además de parte de las herramientas y elementos de trabajo de su pasado reciente.
  • Considerado de interés arquitectónico medio, con torre de molino.


Galería

Descripción

El conjunto responde al modelo tradicional de hacienda con almazara, e incluía:

  • Molino de aceite con sistema de prensa tradicional (probablemente de viga).
  • Almazara para la molienda de la aceituna.
  • Vivienda principal.
  • Dependencias agrícolas y de servicio.
  • Infraestructuras hidráulicas, como pozo, alberca y noria.

La arquitectura conserva elementos de los siglos XVII y XVIII, especialmente en la fachada principal y en la organización del espacio en torno a patios.


Entorno

El Molino Sotomelero se sitúa en plena campiña del valle del Guadalquivir, en una zona caracterizada por la explotación agrícola extensiva, especialmente del olivar.

Su localización entre Écija y Fuente Palmera, cerca de Cañada de Rabadán y Villar, lo vincula tanto a la tradición agraria sevillana como a la cordobesa.


Vías de acceso

  • Vías de acceso: Desde Écija por las carreteras A8203 y CO4311; desde Fuente Palmera por la carretera; también desde La Carlota; siempre accediendo finalmente por caminos rurales ya que el molino está enclavado en un paraje rural.



Uso actual

En la actualidad, el antiguo molino ha sido rehabilitado y adaptado como finca para la celebración de eventos, especialmente bodas y reuniones.

El conjunto dispone de espacios interiores y exteriores acondicionados, manteniendo parte de su estructura original.


Valor patrimonial

El Molino Sotomelero constituye un ejemplo representativo del patrimonio agrario andaluz, destacando como:

  • Antigua explotación olivarera con almazara.
  • Muestra de arquitectura rural tradicional.
  • Testimonio de la economía agrícola histórica de la campiña de Écija.

Aunque no cuenta con una figura específica de protección patrimonial, forma parte del conjunto de haciendas y molinos históricos de la zona.

  • Actualmente en buen estado de conservación y reformado para su explotación como salón de actos y eventos tales como bodas, exposiciones, reuniones de empresas,etc. Cuenta con un salón de celebraciones, una zona ajardinada, cocina industrial, comedor, dormitorios y grandes explanadas, además de parte de las herramientas y elementos de trabajo de su pasado reciente.
  • Considerado de interés arquitectónico medio, con torre de molino.


Galería


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  1. Molinum, revista científica. Número 41 Junio 2013. En ella se referencia. "Registro de la propiedad de Écija, folio 41, finca 2.084, año 1504.". En la misma publicación: "Molino Sotomelero Antigua hacienda de origen bajomedieval (siglo XV), ubicado entre la Cañada de Rabadán y El Villar, municipio de Écija, que albergaba un molino aceitero con prensa de viga y quintal, viviendas y un señorío. Además, disponía de un pozo con alberca y una noria para el riego de los cultivos agrícolas. El molino Sotomelero está hoy día restaurado y se usa como salón de actos y celebraciones, donde la mala conservación de algunos muros primitivos hizo necesario reemplazarlos por obras más modernas."
  2. Existencia temprana del molino aceitero, probablemente como explotación señorial o eclesiástica vinculada al auge del olivar en la zona; en esta fase el molino sería una unidad independiente.
  3. Transformación en hacienda agrícola completa, con incorporación de viviendas, dependencias, sistemas hidráulicos. Aquí encaja la arquitectura que se conserva en el siglo XXI.
  4. Propiedad separada: casilla más olivar. Esto encaja perfectamente con concentración de tierras, reorganización agraria del siglo XIX, procesos de embargo/subasta (muy comunes)
  5. Gaceta de Madrid, número 141 fecha 20-05-1888
  6. El Molino Sotomelero nace como molino independiente, evoluciona a hacienda, crece por agregación de propiedades y llega hasta hoy como finca histórica reutilizada.
  7. Molinum, revista científica. Número 41 Junio 2013. En ella se referencia. "Registro de la propiedad de Écija, folio 41, finca 2.084, año 1504.". En la misma publicación: "Molino Sotomelero Antigua hacienda de origen bajomedieval (siglo XV), ubicado entre la Cañada de Rabadán y El Villar, municipio de Écija, que albergaba un molino aceitero con prensa de viga y quintal, viviendas y un señorío. Además, disponía de un pozo con alberca y una noria para el riego de los cultivos agrícolas. El molino Sotomelero está hoy día restaurado y se usa como salón de actos y celebraciones, donde la mala conservación de algunos muros primitivos hizo necesario reemplazarlos por obras más modernas."
  8. Existencia temprana del molino aceitero, probablemente como explotación señorial o eclesiástica vinculada al auge del olivar en la zona; en esta fase el molino sería una unidad independiente.
  9. Transformación en hacienda agrícola completa, con incorporación de viviendas, dependencias, sistemas hidráulicos. Aquí encaja la arquitectura que se conserva en el siglo XXI.
  10. Propiedad separada: casilla más olivar. Esto encaja perfectamente con concentración de tierras, reorganización agraria del siglo XIX, procesos de embargo/subasta (muy comunes)
  11. Gaceta de Madrid, número 141 fecha 20-05-1888
  12. El Molino Sotomelero nace como molino independiente, evoluciona a hacienda, crece por agregación de propiedades y llega hasta hoy como finca histórica reutilizada.
  13. «Gaceta de Madrid», nº 188, 6 de julio de 1888, pp. 79–80.
  14. «La Correspondencia de España», 9 de abril de 1906.
  15. «Gaceta de Madrid», nº 209, 28 de julio de 1906.
  16. “Hallazgo de un esqueleto. Sevilla 18. Al hacer excavaciones en un molino aceitero de Soto Melero, término de Écija, para colocar una caldera, ha sido hallado un esqueleto. El rumor público sospecha sean los restos de Don Juan Martínez de la Cámara, que desapareció hace veintidós años. Entonces se sospechó lo había asesinado su esposa Joaquina Jiménez, en unión de sus convecinos Antonio Rodríguez Salamanca y José Borja Castillo. Por disposición del Juez, la Guardia Civil ha detenido a doña Joaquina en Córdoba y al Rodríguez en una finca próxima a Écija. Borja está actualmente en la cárcel de Posadas por otro delito. Despierta interés el esclarecimiento de este asunto” - La Correspondencia de España del día 9 de Abril de 1906.
  17. “UN RECURSO INTERESANTE. El año 1879 contrajeron matrimonio en Sevilla D. José (en la otra nota informativa lo citan como Juan) Martínez de la Cámara y Doña Joaquina Jiménez, mujer de cuantiosa fortuna y de juventud muy borrascosa, que no hubiera pensado probablemente en tan lícita unión, a no tener un hijo, fruto de amores anteriores. Tres años después doña Joaquina denunciaba a las autoridades la desaparición de su esposo y se practicaban las primeras diligencias para averiguar el paradero de D. José. Nadie, sin embargo, supo poner a la Policía en la pista de los criminales y aunque el 7 de Octubre de 1882 dirigió al alcalde de Écija el Juez de Instrucción un escrito en el cual hacíase eco del rumor público, rumor que señala a doña Joaquina y a su cochero con quien sostenía a la sazón amorosas relaciones, como autores de la muerte del Sr. Martínez de la Cámara, nada se consiguió averiguar y hubo de sobreseerse la causa provisionalmente. En fechas posteriores se abrió de nuevo el sumario con idéntico resultado, pues es lo cierto que los criminales habían borrado todas las huellas de su horrendo delito y ni aun siendo directamente acusados, como lo fueron por dos presos del penal de Ocaña, trasladados a Écija con tal motivo, perdieron en serenidad incurriendo en una sola sospechosa contradicción. Bien es cierto que los años iban transcurriendo y con ellos se extinguía por lo visto sus recuerdos y sus remordimientos, si es que alguna vez se arrepintieron de su execrable crimen. Así las cosas y cuando por todos parecía olvidada la desaparición del Sr. Martínez, vino a interrumpir la dicha que disfrutaba la viuda, y su cochero Antonio Rodríguez Salamanca el macabro hallazgo de un esqueleto en la finca Soto Melero, en la que vivía precisamente doña Joaquina con su esposo Martínez de la Cámara, cuando este desapareció como por encanto. El nuevo propietario del coto denunció el hallazgo a las autoridades. Estas detuvieron a doña Joaquina, a su cochero y a un mozo de mulas y como esta vez no les acusaban dos desdichados presos de un penal, ni se trataba tampoco de un rumor vago y sin fundamento, sino de un descubrimiento decretado por quien todo lo puede, para impedir por más tiempo la impunidad de tan tremendo crimen, los culpables se amedrentaron, incurrieron en varias contradicciones y por último, confesaron su delito, manifestando que en efecto, ellos, los tres, habían asesinado al Sr. Martínez de la Cámara y enterrado su cadáver en el acto. Procesados los tres por la Audiencia de Sevilla, los condenó a muerte, pero entendiendo los procesados que su delito prescribió a los veinte años de su realización, confiaron al Sr. Canalejas el recurso que ayer tarde se vio ante el Tribunal Supremo. La cuestión que ahora ha de resolverse es la de si la prescripción se ha interrumpido, cosa que parece fuera de duda, desde el momento en que dos presos del penal de Ocaña sostienen la acusación contra los verdaderos autores el año 1888, si bien no pudieron probar lo que al fin ha venido a demostrarse de un modo evidente. La Audiencia de Sevilla así lo entendió también y por ello abrió el juicio y condenó a los criminales. Ahora falta conocer el criterio del Supremo en este, a todas luces interesante asunto, pues si contra la opinión de la Audiencia sevillana entiende que la prescripción no se ha interrumpido, los tres condenados volverán libres y tranquilos al seno de la sociedad. Publicaremos la sentencia que recaiga. UN PASANTE”. - Diario ABC de Madrid, el domingo 26 de Enero de 1908,