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Los '''partidos judiciales''' son divisiones territoriales dentro de una provincia, establecidas con fines judiciales. Cada partido judicial tiene '''uno o varios juzgados de primera instancia e instrucción''', que se encargan de administrar justicia en asuntos civiles y penales para los municipios que lo integran. | |||
== | === Características clave: === | ||
* '''No son divisiones administrativas''', como las provincias o municipios, sino jurisdiccionales. | |||
* Su objetivo es '''acercar la administración de justicia''' a los ciudadanos. | |||
* Cada partido judicial incluye '''varios municipios''' (excepto en grandes ciudades, donde puede coincidir con un solo municipio). | |||
* Tienen un '''juzgado de cabecera''' o sede judicial, generalmente en el municipio más importante del partido. | |||
== Partidos judiciales de la provincia de Córdoba == | |||
El Real Decreto 529/1983, de 9 de marzo, señala la nueva demarcación de los partidos judiciales españoles. En concreto Andalucía pasa a contar desde esa fecha con 85 partidos judiciales y la provincia de Córdoba con 12.<ref>{{Obra citada|título=Real Decreto 529/1983, de 9 de marzo, por el que se determinan los Partidos Judiciales de cada provincia, a considerar a efectos de las elecciones de Diputados provinciales|apellidos=Presidencia del Gobierno|url=https://www.boe.es/eli/es/rd/1983/03/09/529|fechaacceso=2023-05-31|fecha=1983-03-16|número=Real Decreto 529/1983|páginas=7639–7641}}</ref><ref>{{Cita web|url=https://www.mjusticia.gob.es/es/JusticiaEspana/OrganizacionJusticia/InstLibraryCartographyJudProv/Córdoba/Córdoba_2.pdf|título=Ministerio de Justicia.Municipios del partido judicial de Córdoba|fechaacceso=28 de enero de 2024}}</ref> | |||
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Revisión actual - 07:47 8 may 2025
Los partidos judiciales son divisiones territoriales dentro de una provincia, establecidas con fines judiciales. Cada partido judicial tiene uno o varios juzgados de primera instancia e instrucción, que se encargan de administrar justicia en asuntos civiles y penales para los municipios que lo integran.
Características clave:
- No son divisiones administrativas, como las provincias o municipios, sino jurisdiccionales.
- Su objetivo es acercar la administración de justicia a los ciudadanos.
- Cada partido judicial incluye varios municipios (excepto en grandes ciudades, donde puede coincidir con un solo municipio).
- Tienen un juzgado de cabecera o sede judicial, generalmente en el municipio más importante del partido.
Partidos judiciales de la provincia de Córdoba
El Real Decreto 529/1983, de 9 de marzo, señala la nueva demarcación de los partidos judiciales españoles. En concreto Andalucía pasa a contar desde esa fecha con 85 partidos judiciales y la provincia de Córdoba con 12.[1][2]
- Partido judicial de Montoro[3]
- Partido judicial de Aguilar de la Frontera[4]
- Partido judicial de Pozoblanco[5]
- Partido judicial de Baena[6]
- Partido judicial de Posadas[7]
- Partido judicial de Peñarroya-Pueblonuevo[8]
- Partido judicial de Lucena[9]
- Partido judicial de Córdoba[10]
- Partido judicial de Priego de Córdoba[11]
- Partido judicial de Cabra[12]
- Partido judicial de Montilla[13]
- Partido judicial de Puente Genil[14]
Referencias
- ↑ Plantilla:Obra citada
- ↑
- ↑ Partido judicial Nº 1
- ↑ Partido judicial Nº 2
- ↑ Partido judicial Nº 3
- ↑ Partido judicial Nº 4
- ↑ Partido judicial Nº 5
- ↑ Partido judicial Nº 6
- ↑ Partido judicial Nº 7
- ↑ Partido judicial Nº 8
- ↑ Partido judicial Nº 9
- ↑ Partido judicial Nº 10
- ↑ Partido judicial Nº 11
- ↑ Partido judicial Nº 12
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