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Diferencia entre revisiones de «Inquisición en Córdoba»

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=== La sede: el Alcázar de los Reyes Cristianos ===
=== La sede: el Alcázar de los Reyes Cristianos ===
 
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La sede del tribunal cordobés fue el [[Alcázar de los Reyes Cristianos]], que los Reyes Católicos, tras haberlo utilizado como cuartel general durante la Guerra de Granada, cedieron al Santo Oficio a finales del siglo XV. El interior del edificio se fue adaptando a celdas, oficinas y dependencias inquisitoriales, con mazmorras y calabozos, perdiendo el carácter palaciego que había disfrutado con los monarcas.<ref>Ayuntamiento de Córdoba: "La Inquisición en Córdoba", en Visita Virtual del Alcázar de los Reyes Cristianos, https://alcazardelosreyescristianos.cordoba.es</ref> En la Capilla de San Eustaquio, antigua capilla real, se conservan incisiones en las paredes que pudieron ser realizadas por los presos durante el período inquisitorial. El Alcázar funcionó como sede del tribunal durante más de tres siglos, hasta la extinción del Santo Oficio, y posteriormente fue utilizado como cárcel civil y militar hasta 1931.
La sede del tribunal cordobés fue el [[Alcázar de los Reyes Cristianos]], que los Reyes Católicos, tras haberlo utilizado como cuartel general durante la Guerra de Granada, cedieron al Santo Oficio a finales del siglo XV. El interior del edificio se fue adaptando a celdas, oficinas y dependencias inquisitoriales, con mazmorras y calabozos, perdiendo el carácter palaciego que había disfrutado con los monarcas.<ref>Ayuntamiento de Córdoba: "La Inquisición en Córdoba", en Visita Virtual del Alcázar de los Reyes Cristianos, https://alcazardelosreyescristianos.cordoba.es</ref> En la Capilla de San Eustaquio, antigua capilla real, se conservan incisiones en las paredes que pudieron ser realizadas por los presos durante el período inquisitorial. El Alcázar funcionó como sede del tribunal durante más de tres siglos, hasta la extinción del Santo Oficio, y posteriormente fue utilizado como cárcel civil y militar hasta 1931.


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Era atribución de los magistrados del Santo Oficio depurar a las minorías religiosas de la diócesis, en general, y, en particular, a hebreos y mahometanos. Huelga decir que, en los tiempos de Diego Rodríguez de Lucero, los inquisidores se entregaron, en cuerpo y alma, a la no fácil tarea de desenmascarar a quienes, con nombre de cristianos, practicaban los ritos de la religión hebrea. No eran pocos, por lo visto, y sucede que, imbuidos de milenarismo, esperaban la inminente venida del Mesías y creían, en consecuencia, que el fin del mundo estaba muy próximo. Lo cierto, sin embargo, es que el número de hebreos penitenciados por el Santo Oficio de Córdoba después de la destitución de Diego Rodríguez de Lucero fue, a todas luces, exiguo; la comparecencia pública de una decena de cristianos nuevos, vecinos de Baeza, el día [[18 de abril]] de [[1574]], fue, sin lugar a dudas, extraordinaria; ninguno de los conversos, por cierto, acabó en el brasero de la Inquisición; los sucesores de Lucero, en efecto, poco amigos de recurrir a la hoguera, dictaron contra la mayoría de los comparecientes penas de cadena perpetua y confiscación de bienes.
Era atribución de los magistrados del Santo Oficio depurar a las minorías religiosas de la diócesis, en general, y, en particular, a hebreos y mahometanos. Huelga decir que, en los tiempos de Diego Rodríguez de Lucero, los inquisidores se entregaron, en cuerpo y alma, a la no fácil tarea de desenmascarar a quienes, con nombre de cristianos, practicaban los ritos de la religión hebrea. No eran pocos, por lo visto, y sucede que, imbuidos de milenarismo, esperaban la inminente venida del Mesías y creían, en consecuencia, que el fin del mundo estaba muy próximo. Lo cierto, sin embargo, es que el número de hebreos penitenciados por el Santo Oficio de Córdoba después de la destitución de Diego Rodríguez de Lucero fue, a todas luces, exiguo; la comparecencia pública de una decena de cristianos nuevos, vecinos de Baeza, el día [[18 de abril]] de [[1574]], fue, sin lugar a dudas, extraordinaria; ninguno de los conversos, por cierto, acabó en el brasero de la Inquisición; los sucesores de Lucero, en efecto, poco amigos de recurrir a la hoguera, dictaron contra la mayoría de los comparecientes penas de cadena perpetua y confiscación de bienes.


El número de moriscos acusados de profesar, en secreto, la fe de Mahoma se incrementó, y cómo, en el último tercio del Quinientos, hasta el punto de que la historiografía considera a los moriscos la minoría religiosa más perseguida por el tribunal cordobés a partir de la década de 1530. Era previsible, y es que la sublevación de Abén Humeya y los mahometanos granadinos (1568-1571) excitó, según parece, el sentimiento religioso de los moriscos cordobeses. Algunos de ellos, de hecho, abandonaron la ciudad y se unieron a los levantiscos; el Santo Oficio de Córdoba devino, en consecuencia, una especie de tribunal de guerra. Castigó a muchos de los sublevados y, en años siguientes, a multitud de moriscos acusados de conspirar, en complicidad con los árabes norteafricanos, contra España. El hermanastro de Felipe II, don Juan de Austria (1545-1578), acabó por abortar el levantamiento; esclavizó, de paso, a muchos de los rebeldes, y esta circunstancia, como era, por otra parte, de esperar, exacerbó el odio de los islamitas hacia los cristianos e –irónicamente– los hebreos. (Llama la atención, sin ir más lejos, que Lucía López de Aylava, morisca y vecina de Córdoba, opinase, el 8 de diciembre de 1572, ante los magistrados del Santo Oficio, que «''quien comía tocino era judío''»). El caso de Diego Hernández, morisco y esclavo, vecino de Iznájar, es paradigmático. Compareció ante el Santo Oficio el día [[16 de diciembre]] de [[1571]]; confesó que practicaba, a escondidas y con el nombre de Hamete, la religión islámica y que observaba, con celo piadoso, el ayuno del ramadán. Alonso, muchacho morisco y vecino de Baena, compareció asimismo, el día [[8 de diciembre]] de [[1572]], ante los magistrados del Santo Oficio; reconoció que su padre le había instruido en los misterios de la fe de Mahoma y que la practicaba, de extranjis, con el nombre de Hacén. La Inquisición de Córdoba, paternalista como de costumbre, resolvió internar a Alonso, por seis meses, en un monasterio para que aprendiese los secretos de la doctrina cristiana.
El número de moriscos acusados de profesar, en secreto, la fe de Mahoma se incrementó, y cómo, en el último tercio del Quinientos, hasta el punto de que la historiografía considera a los moriscos la minoría religiosa más perseguida por el tribunal cordobés a partir de la década de 1530. Era previsible, y es que la sublevación de Abén Humeya y los mahometanos granadinos (1568-1571) excitó, según parece, el sentimiento religioso de los moriscos cordobeses. Algunos de ellos, de hecho, abandonaron la ciudad y se unieron a los levantiscos; el Santo Oficio de Córdoba devino, en consecuencia, una especie de tribunal de guerra. Castigó a muchos de los sublevados y, en años siguientes, a multitud de moriscos acusados de conspirar, en complicidad con los árabes norteafricanos, contra España.  
 
El hermanastro de Felipe II, don Juan de Austria (1545-1578), acabó por abortar el levantamiento; esclavizó, de paso, a muchos de los rebeldes, y esta circunstancia, como era, por otra parte, de esperar, exacerbó el odio de los islamitas hacia los cristianos e –irónicamente– los hebreos. (Llama la atención, sin ir más lejos, que Lucía López de Aylava, morisca y vecina de Córdoba, opinase, el 8 de diciembre de 1572, ante los magistrados del Santo Oficio, que «''quien comía tocino era judío''»). El caso de Diego Hernández, morisco y esclavo, vecino de Iznájar, es paradigmático. Compareció ante el Santo Oficio el día [[16 de diciembre]] de [[1571]]; confesó que practicaba, a escondidas y con el nombre de Hamete, la religión islámica y que observaba, con celo piadoso, el ayuno del ramadán. Alonso, muchacho morisco y vecino de Baena, compareció asimismo, el día [[8 de diciembre]] de [[1572]], ante los magistrados del Santo Oficio; reconoció que su padre le había instruido en los misterios de la fe de Mahoma y que la practicaba, de extranjis, con el nombre de Hacén. La Inquisición de Córdoba, paternalista como de costumbre, resolvió internar a Alonso, por seis meses, en un monasterio para que aprendiese los secretos de la doctrina cristiana.


Caso excepcional, en lo que respecta a la depuración de las minorías religiosas, fue el de [[Gaspar de Santiago]], indio mulato y pagano, que compareció en auto de fe celebrado el día [[24 de noviembre]] de [[1566]] y confesó haber dicho que deseaba volver a América y que, en puridad, no creía en Dios, sino que adoraba a Sol y a Luna. Los procesos abiertos contra sospechosos de pertenecer a la secta luterana son, por supuesto, muy escasos y estuvieron, en líneas generales, protagonizados por individuos naturales de las regiones contaminadas, en especial, Alemania y Francia. Sirva de ilustración el caso de Juan Cansaro, ciudadano francés que murió, allá por el año 1563, en el brasero de la Inquisición; y el de Jaime Policía, gabacho asimismo que, allá por el año 1566, se libró, arrepentido in extremis, de la hoguera.
Caso excepcional, en lo que respecta a la depuración de las minorías religiosas, fue el de [[Gaspar de Santiago]], indio mulato y pagano, que compareció en auto de fe celebrado el día [[24 de noviembre]] de [[1566]] y confesó haber dicho que deseaba volver a América y que, en puridad, no creía en Dios, sino que adoraba a Sol y a Luna. Los procesos abiertos contra sospechosos de pertenecer a la secta luterana son, por supuesto, muy escasos y estuvieron, en líneas generales, protagonizados por individuos naturales de las regiones contaminadas, en especial, Alemania y Francia. Sirva de ilustración el caso de Juan Cansaro, ciudadano francés que murió, allá por el año 1563, en el brasero de la Inquisición; y el de Jaime Policía, gabacho asimismo que, allá por el año 1566, se libró, arrepentido in extremis, de la hoguera.
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Los procesos contra las hechiceras no eran, en líneas generales, ordinarios. Es cierto, sin embargo, que el Santo Oficio de Córdoba hubo de instruir, en los últimos años del siglo XVI, un gran número de causas de este tipo. El caso de [[Antonia de Buenrostro]], viuda y natural de Córdoba, fue, a lo que parece, el primero de una muy larga lista. Compareció ante los inquisidores del Santo Oficio cerca de [[1571]], acusada de haber invocado demonios, y fue, de inmediato, absuelta por defecto de probanza. Las hechiceras, en cualquier caso, fueron las protagonistas del auto de fe habido, el día [[8 de diciembre]] de [[1572]], en la ciudad de Córdoba. [[Catalina Rodríguez]], [[Leonor Rodríguez "La Camacha"]], [[Mari Sánchez "la Roma"]], y [[Mayor Díaz]], todas ellas vecinas de la localidad de [[Montilla]], comparecieron en compañía de Ana Ortiz, de Baeza, y Rodrigo de Narváez, de Jaén, convictos ambos, asimismo, de taumaturgia. Confesaron haber hecho pacto con el diablo; trazado círculos en el suelo con el objeto de invocar demonios; y celebrado nocturninas ceremonias rituales en el cementerio de la localidad.
Los procesos contra las hechiceras no eran, en líneas generales, ordinarios. Es cierto, sin embargo, que el Santo Oficio de Córdoba hubo de instruir, en los últimos años del siglo XVI, un gran número de causas de este tipo. El caso de [[Antonia de Buenrostro]], viuda y natural de Córdoba, fue, a lo que parece, el primero de una muy larga lista. Compareció ante los inquisidores del Santo Oficio cerca de [[1571]], acusada de haber invocado demonios, y fue, de inmediato, absuelta por defecto de probanza. Las hechiceras, en cualquier caso, fueron las protagonistas del auto de fe habido, el día [[8 de diciembre]] de [[1572]], en la ciudad de Córdoba. [[Catalina Rodríguez]], [[Leonor Rodríguez "La Camacha"]], [[Mari Sánchez "la Roma"]], y [[Mayor Díaz]], todas ellas vecinas de la localidad de [[Montilla]], comparecieron en compañía de Ana Ortiz, de Baeza, y Rodrigo de Narváez, de Jaén, convictos ambos, asimismo, de taumaturgia. Confesaron haber hecho pacto con el diablo; trazado círculos en el suelo con el objeto de invocar demonios; y celebrado nocturninas ceremonias rituales en el cementerio de la localidad.


La Camacha era, a lo que parece, quien acaudillaba el movimiento; Miguel de Cervantes escribió, por cierto, una muy conocida enumeración de sus presuntas habilidades en ''El coloquio de los perros'': «''Ella congelaba las nubes cuando quería, cubriendo con ellas la faz del sol, y cuando se le antojaba, volvía sereno el más turbado cielo; traía los hombres en un instante de lejas tierras; remediaba maravillosamente las doncellas que habían tenido algún descuido en guardar su entereza; cubría a las viudas que con honestidad fuesen deshonestas; descasaba las casadas, y casaba las que ella quería. Por diciembre tenía rosas frescas en su jardín y por enero segaba trigo. Esto de hacer nacer berros en una artesa era lo menos que ella hacía, ni el hacer ver en un espejo, o en la uña de una criatura, los vivos o los muertos que le pedían que mostrase. Tuvo fama que convertía a los hombres en animales, y que se había servido de un sacristán seis años, en forma de asno''». Leonor Rodríguez recibió, en consecuencia, una pena más grave que la de sus amigas y compatriotas. Es de notar, por cierto, que ninguna de las sagas, a pesar de los gravísimos delitos que reconocieron haber cometido, acabó en la hoguera; la Camacha, sin ir más lejos, recibió cien azotes en Córdoba, cien en Montilla, pagó una multa de ciento cincuenta ducados, prestó dos años de servicio público en un hospital de Córdoba y hubo, en fin, de vivir diez en el destierro. Las penas, en cambio, del resto de las acusadas fueron bastante más leves; Mayor Díaz, de hecho, no recibió ni un solo azote: su pena consistió, sin más, en la vergüenza pública.
La Camacha era, a lo que parece, quien acaudillaba el movimiento; [[Miguel de Cervantes]] escribió, por cierto, una muy conocida enumeración de sus presuntas habilidades en ''El coloquio de los perros'':<blockquote>«''Ella congelaba las nubes cuando quería, cubriendo con ellas la faz del sol, y cuando se le antojaba, volvía sereno el más turbado cielo; traía los hombres en un instante de lejas tierras; remediaba maravillosamente las doncellas que habían tenido algún descuido en guardar su entereza; cubría a las viudas que con honestidad fuesen deshonestas; descasaba las casadas, y casaba las que ella quería. Por diciembre tenía rosas frescas en su jardín y por enero segaba trigo. Esto de hacer nacer berros en una artesa era lo menos que ella hacía, ni el hacer ver en un espejo, o en la uña de una criatura, los vivos o los muertos que le pedían que mostrase. Tuvo fama que convertía a los hombres en animales, y que se había servido de un sacristán seis años, en forma de asno''». </blockquote>Leonor Rodríguez recibió, en consecuencia, una pena más grave que la de sus amigas y compatriotas. Es de notar, por cierto, que ninguna de las sagas, a pesar de los gravísimos delitos que reconocieron haber cometido, acabó en la hoguera; la Camacha, sin ir más lejos, recibió cien azotes en Córdoba, cien en Montilla, pagó una multa de ciento cincuenta ducados, prestó dos años de servicio público en un hospital de Córdoba y hubo, en fin, de vivir diez en el destierro. Las penas, en cambio, del resto de las acusadas fueron bastante más leves; Mayor Díaz, de hecho, no recibió ni un solo azote: su pena consistió, sin más, en la vergüenza pública.


Interferir en la actividad del Santo Oficio, por supuesto, constituía delito. Los testigos que deponían ante los magistrados de la Inquisición debían abstenerse, so pena de excomunión, de hacer público el contenido de sus declaraciones. No siempre, sin embargo, lo hacían. [[Leonor Rodríguez "La Camacha"]] compareció, cerca de [[1571]], en solemne auto de fe, acusada de divulgar detalles de su deposición ante el tribunal del Santo Oficio; no se pudo, con todo, demostrar su culpabilidad y Leonor Rodríguez quedó, en consecuencia, libre. Hacerse pasar por miembro del Santo Oficio era, por supuesto, punible, y consta que, en el transcurso del siglo XVI, algún que otro cordobés hubo de purgar este delito. Intimidar a un testigo del Santo Oficio estaba, en fin y como era, por otra parte, de esperar, penado. Bien lo debió aprender, por ejemplo, [[Juan Gutiérrez]], vecino de Rute, que increpó y amenazó a varias personas que, a lo que parece, habían testificado, ante los magistrados de la Inquisición, en contra de su esposa; fue reprehendido en público el día [[13 de mayo]] de [[1587]].
Interferir en la actividad del Santo Oficio, por supuesto, constituía delito. Los testigos que deponían ante los magistrados de la Inquisición debían abstenerse, so pena de excomunión, de hacer público el contenido de sus declaraciones. No siempre, sin embargo, lo hacían. [[Leonor Rodríguez "La Camacha"]] compareció, cerca de [[1571]], en solemne auto de fe, acusada de divulgar detalles de su deposición ante el tribunal del Santo Oficio; no se pudo, con todo, demostrar su culpabilidad y Leonor Rodríguez quedó, en consecuencia, libre. Hacerse pasar por miembro del Santo Oficio era, por supuesto, punible, y consta que, en el transcurso del siglo XVI, algún que otro cordobés hubo de purgar este delito. Intimidar a un testigo del Santo Oficio estaba, en fin y como era, por otra parte, de esperar, penado. Bien lo debió aprender, por ejemplo, [[Juan Gutiérrez]], vecino de Rute, que increpó y amenazó a varias personas que, a lo que parece, habían testificado, ante los magistrados de la Inquisición, en contra de su esposa; fue reprehendido en público el día [[13 de mayo]] de [[1587]].

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Introducción

Calvario de la Inquisición (Antonio del Castillo)

La Inquisición en Córdoba fue la actuación en la ciudad y su distrito del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición, institución fundada en 1478 por los Reyes Católicos para mantener la ortodoxia católica en sus reinos, aunque para otros autores su puesta en marcha efectiva se produjo en 1481/1482.[1] El tribunal cordobés, creado en 1482, fue uno de los primeros de la Corona de Castilla y uno de los tres grandes tribunales andaluces junto a los de Sevilla y Granada.[2]

La Inquisición española tiene precedentes en instituciones similares existentes en Europa desde el siglo XII, pero, a diferencia de la Inquisición pontificia medieval, estaba bajo el control directo de la monarquía. Fue abolida por las Cortes de Cádiz mediante decreto de 22 de febrero de 1813, restaurada por Fernando VII en 1814, suprimida de nuevo en 1820 durante el Trienio Liberal y abolida definitivamente el 15 de julio de 1834 por decreto de la reina gobernadora María Cristina.[3] La Inquisición, como tribunal eclesiástico, sólo tenía competencia sobre cristianos bautizados. Durante la mayor parte de su historia, sin embargo, al no existir libertad de culto ni en España ni en sus territorios dependientes, su jurisdicción se extendió a la práctica totalidad de los súbditos del rey de España.

El tribunal de la Inquisición estaba compuesto por varios oficiales, incluyendo inquisidores, fiscales, secretarios y abogados. Cada uno desempeñaba un papel crucial en la administración de justicia y en el mantenimiento del control social y religioso. La Inquisición se basaba en el secreto absoluto de sus procedimientos y en el control riguroso de la información. Esto incluía mantener archivos detallados y sistemas de comunicación eficientes entre tribunales.

Además de su personal remunerado, la Inquisición contaba con consultores, calificadores, comisarios y familiares honorarios, que colaboraban sin sueldo y gozaban de ciertos privilegios y reconocimiento social; entre ellos se encontraba Juan de Cervantes, abuelo de Miguel de Cervantes.

La Inquisición no solo fue un tribunal de fe, sino también una herramienta política utilizada por la corona para controlar y gestionar la sociedad. Su influencia se extendió hasta el siglo XIX, perdurando mucho más allá de la Edad Media.

El Santo Oficio debe gran parte de su leyenda negra a individuos como el siniestro Diego Rodríguez de Lucero, inquisidor de la diócesis de Córdoba en la primera década del siglo XVI. Lucero condenó a la hoguera a más de doscientas personas en el breve lapso de cuatro años. Le cupo en suerte, de hecho, el dudoso honor de presidir, el día 22 de diciembre de 1504, el más sanguinario de los autos de fe celebrados en España, que acabó, en pocas horas, con la vida de más de un centenar de individuos.

La intransigencia de Lucero acabó por suscitar la animadversión de los ciudadanos de Córdoba, que, con la venia del marqués de Priego, asaltaron la prisión del Santo Oficio. A Lucero no le quedó otra que ponerse en cobro y, a la postre, expiar en prisión parte de sus crímenes. Los cordobeses, con todo, continuaron largo tiempo respirando por la herida, y, cerca de 1571, Pedro Gutiérrez, nieto de Pedro López Racimo, hebreo depurado por el Santo Oficio, hubo de comparecer ante los magistrados de la Inquisición de Córdoba, acusado de haber dicho que, en tiempos de Diego Rodríguez de Lucero, muchos paisanos habían muerto sin culpa.

Sede, distrito y organización del tribunal

La sede: el Alcázar de los Reyes Cristianos

La sede del tribunal cordobés fue el Alcázar de los Reyes Cristianos, que los Reyes Católicos, tras haberlo utilizado como cuartel general durante la Guerra de Granada, cedieron al Santo Oficio a finales del siglo XV. El interior del edificio se fue adaptando a celdas, oficinas y dependencias inquisitoriales, con mazmorras y calabozos, perdiendo el carácter palaciego que había disfrutado con los monarcas.[4] En la Capilla de San Eustaquio, antigua capilla real, se conservan incisiones en las paredes que pudieron ser realizadas por los presos durante el período inquisitorial. El Alcázar funcionó como sede del tribunal durante más de tres siglos, hasta la extinción del Santo Oficio, y posteriormente fue utilizado como cárcel civil y militar hasta 1931.

El distrito inquisitorial

La jurisdicción del tribunal de Córdoba incluyó en un primer momento también el reino de Granada, pero, una vez creado el tribunal granadino, el mapa inquisitorial andaluz quedó dividido en tres grandes tribunales: Sevilla, Granada y Córdoba. Entre 1526 y 1533 el tribunal cordobés perdió el arzobispado de Granada, los obispados de Almería y Málaga y, del obispado de Jaén, las vicarías de Beas de Segura y el arciprestazgo de Alcaraz. Su distrito quedó consolidado de manera estable en 1533, comprendiendo esencialmente los obispados de Córdoba y Jaén —de ahí la abundante presencia de reos de Baeza, Andújar o Jaén en los autos cordobeses—, con la excepción del condado de Belalcázar.[5]

Los inquisidores tenían obligación de recorrer los territorios de su jurisdicción al menos una vez al año mediante las llamadas visitas de distrito, aunque esto no siempre ocurría. En estas visitas, tras el sermón correspondiente, las personas eran alentadas a confesar los pecados de herejía propios y a denunciar los ajenos.

Etapas de actividad

Etapa Período Minoría o delito predominante Rasgo característico
Primera 1482 - 1506 Judeoconversos Terror inquisitorial de Lucero; auto de fe de 1504 con 107 quemados
Segunda 1530 - 1620 Moriscos, blasfemias y proposiciones Baja intensidad represiva; el auto de fe como confesión pública
Tercera 1630 - 1720 Judaizantes (criptojudíos portugueses) Reactivación de los grandes autos de fe públicos
Cuarta 1720 - 1834 Judaizantes residuales y delitos menores Decadencia progresiva hasta la abolición

La Inquisición en Córdoba

Primera etapa. 25 años de terror (1482 - 1506)

La Inquisición se instauró en el contexto del "problema converso", caracterizado por tensiones y envidias entre cristianos viejos y judíos conversos, quienes ocupaban posiciones de poder en la sociedad. Los Reyes Católicos, al percibir prácticas judaizantes entre los conversos durante sus visitas a Andalucía, decidieron implantar la Inquisición como solución a esta situación. El primer tribunal en Córdoba se estableció en 1482 con el objetivo primordial de intensificar la persecución de los conversos en las proximidades del tribunal de Sevilla, estando compuesto en su mayoría por miembros del cabildo de la catedral y siendo su sede el Alcázar de los Reyes Cristianos.

En el año 1482, a solicitud del Obispo Fray Alonso de Burgos, fueron los primeros inquisidores el Bachiller Antón Ruiz de Morales, chantre; el Dr. Pedro Martínez de Berrio y el Bachiller Alvar González de Capilla, canónigos; y Fray Martín Cazo, guardián del convento de San Francisco.

Fue en agosto de 1483 cuando se produce el primer auto de fe[6] muriendo Martín Fernández Membreque y su esposa, Juana Fernández, por complot judaizante, celebrándose el sábado 16 de agosto de 1483. Posteriormente y al año siguiente, fue el tesorero de la Catedral, Pedro Fernández de Alcaudete, quien fue quemado el día 23 de febrero de 1484 acusado de hereje y de ser un falso converso al cristianismo.

Plaza de la Corredera

A finales del siglo XV, la situación se agravó con la llegada de Diego Rodríguez Lucero, sacerdote natural de Moguer (Huelva), bachiller en Leyes y licenciado en Teología, nombrado inquisidor en 1499 y designado por el Inquisidor General Fray Diego de Deza.

Lucero llevó a cabo una persecución obsesiva, no solo contra los notorios judaizantes, sino también contra cualquier persona de ascendencia judía, independientemente de su posición social o riqueza. Esto provocó un gran malestar en la ciudad, ya que incluso miembros prominentes del clero y la nobleza fueron acusados y perseguidos; entre sus víctimas más ilustres se contaron familiares y allegados del propio arzobispo de Granada, fray Hernando de Talavera, cuyo proceso escandalizó a toda Castilla.

Condenó a la hoguera a más de 200 personas en poco menos de 4 años. Especialmente sanguinario fue el auto de fe del día 22 de diciembre de 1504 donde 107 personas fueron quemadas en la Plaza de la Corredera, tras haber sido condenadas por ser falsos conversos (esto es, judíos que, después de convertirse al cristianismo, seguían practicando la religión judía en secreto):

[...] quando quemó los 107 hombres (se refiere a Lucero), yban los 13 llamando a Dios y a la Virjen que los perdonase y diciendo que jamás tal pecado de erejía cometieron, y llamauan escribanos que les diesen testimonio como morían Cathólicos Xriptianos y en la Fee de JesuChristo [...][7]

El descontento de la población cordobesa hizo que en diferentes ocasiones apelara al Inquisidor General así como al rey Fernando por la destitución del inquisidor por su crueldad, no consiguiendo su propósito en cinco años.

Cansada de la crueldad del inquisidor, la población cordobesa asaltó la prisión del Santo Oficio el 9 de noviembre de 1506 para liberar a más de 400 presos que estaban dentro. El inquisidor tuvo que huir por la puerta de atrás del Alcázar[8] para salvar su vida:

[...] apellidaron los beçinos y de mano armada entraron por los alcáçares y prendieron a un fiscal y un notario, abrieron las cárçeles y echaron fuera todos los presos y mataron a el inquisidor si no se juiera por la guerta de la inquisiçión. Publicaron en andaluçía estos señores que las injustiçias del inquisidor dieron ocasión a su cólera y no miraban el daño que haçían a las cossas de la fe y rrelijión aunque el desacato y el rruido fue tan grande como fue a boz y pendón de çiudad y obligando a todos los menores de sesenta años a tomar las armas contra el inquisidor y las causas deste alboroto fueron tan grandes y todos sus deudos estavan tan enparentados en castilla, todo se hiço de noche.[9]

Por todo esto fue llamado «excepcional monstruo», «fanático y violento», de «carácter acre y duro» o «inspirado por Lucifer».[10]

La historiografía reconoce en los procesos cordobeses de Lucero la crisis más grave sufrida por la Inquisición española entre 1504 y 1508, que llegó a implicar la pugna sucesoria entre Fernando el Católico y Felipe I de Castilla y motivó la intervención del Consejo Real bajo el arzobispo Cisneros.[11] La Congregación Católica reunida en Burgos en 1508 terminó por anular buena parte de los procesos instruidos por Lucero, rehabilitando la memoria de muchos de los condenados, mientras el inquisidor era destituido y encarcelado.

Segunda etapa. Persecución al morisco (1530 - 1620)

Lo cierto, sin embargo, es que la Inquisición de Córdoba fue, a lo largo del siglo XVI, una institución de escaso relieve y que, de hecho, el número de condenados a la hoguera después del (efímero bien que) trágico mandato de Diego Rodríguez de Lucero no pasó, a todas luces, de las dos decenas. El auto de fe, en efecto, se convirtió, poco a poco, en una especie de confesión pública, y la mayoría de los procesos inquisitoriales se saldaba, por lo visto, con la prescripción de un par de oraciones y alguna que otra misa. El empleo del tormento, contra lo que se suele pensar, era inusual en el Santo Oficio de Córdoba. No era extraño, por lo demás, que los acusados fuesen puestos en libertad por defecto de probanza. Cabe señalar que la gran laguna documental existente en los fondos de la Inquisición de Córdoba hasta 1558 dificulta conocer con precisión los ritmos de la persecución en la primera mitad del Quinientos.[12]

Así ocurrió, a modo de ilustración, con Alonso de Castro, soldado lucentino, que, sospechoso de haber alabado a los luteranos, fue, empero, absuelto y liberado el día 24 de octubre de 1563. Los magistrados del Santo Oficio de Córdoba eran comprensivos y benévolos y tenían en cuenta, según se desprende de la literalidad de sus dictámenes (cf. solo: «como hombre rústico que era», «por ser menor de edad y haberlo dicho debido a su ignorancia», «era muy viejo y pareció algo falto de juicio», «se probó [que] estaba borracho cuando lo dijo», «por […] estar mal adoctrinada», «lo había dicho con buena intención», «lo dijo con iracundia», «parece que lo dijo a manera de burla», «era cristiano viejo y hijodalgo», «era pobre y ciega», «era hombre de baja suerte e hijo de una esclava de casta de los moros», «estaba muy enfermo de bubas y de otras enfermedades»), multitud de circunstancias atenuantes. Constituía, por otra parte, grave delito que un empleado del Santo Oficio hiciese mal uso de sus atribuciones; Pedro Ruiz Bajo, vecino de Villanueva del Rey y familiar de la Inquisición, sin ir más lejos, se sirvió de los privilegios de su condición para obtener favores sexuales de varias muchachas; fue inhabilitado, cerca de 1584, pagó una cuantiosa multa y hubo de cumplir un año de destierro.

Los religiosos no eran inmunes a las investigaciones del Santo Oficio. Uno de los procesos inquisitoriales más sonados del Quinientos fue, de hecho, el instruido contra Magdalena de la Cruz, abadesa del convento de Santa Isabel de Córdoba; Magdalena, natural de Aguilar y mujer de religión con renombre de santidad, se hizo célebre, a lo largo y ancho de España, después de haber, por lo visto, pronosticado la victoria de Pavía (1525) y la prisión de Francisco I, el muy fullero rey de Francia. Isabel de Portugal, esposa de Carlos I de España, vistió, según parece, a su primogénito, un recién nacido Felipe II, con el hábito de la abadesa. Magdalena de la Cruz, en cualquier caso, compareció, a solas, en solemne auto de fe celebrado el día 3 de mayo de 1546 y confesó haber simulado un sinnúmero de arrobamientos y milagros. Los inquisidores de Córdoba, con todo, usaron de su acostumbrada clemencia: la rescataron, en efecto, de la hoguera y optaron, en fin, por recluir, de por vida, a la pobre religiosa en un convento de Andújar. Hubo, por lo demás, a lo largo del siglo XVI, varios casos de confesores que, acusados de solicitar favores sexuales de sus feligresas, hubieron de comparecer en auto de fe. Así le ocurrió, a modo de ilustración, a fray Diego de Málaga, vecino de Córdoba y libidinoso miembro de la orden de San Francisco de Paula, que, cerca de 1570, estuvo a pique de acabar sus días hecho galeote, y a Alonso de Alba, vecino de Priego y convicto del mismo delito, que, allá por el año 1571, fue recluido en un monasterio e inhabilitado por orden de los magistrados del Santo Oficio.

La mayoría de los condenados acudía, por voluntad propia y sin denuncia previa, a las autoridades del Santo Oficio y confesaba su delito. Se trataba, en líneas generales, de cristianos rancios que, en un instante de obnubilación o iracundia, habían proferido alguna que otra blasfemia; sucedía, por lo común, que, contritos, se presentaban ipso facto ante los magistrados de la Inquisición y reconocían su, por otra parte nimio, delito. El fenómeno de las denuncias falsas estaba, a lo que parece, mucho menos extendido de lo que se suele creer. Existían sin duda, y estaban castigadas, por cierto, con penas muy rigurosas. Sirva de ilustración el caso de Francisco Guerra, lucentino, que denunció a ciertos presuntos luteranos y recibió, a cambio, trescientos azotes, una multa exorbitante y once años de destierro; o de Juan Guillén, pastelero, que, con la colaboración necesaria de Gonzalo Rosado, servidor del calumniado, acusó a su suegro de seguir la secta de Lucero y hubo de sufrir, a modo de recompensa, cuatrocientos azotes y seis años en galeras; o de Juana Pérez, que testificó con malicia en contra de su propio marido y recibió, el día 19 de marzo de 1564, medio centenar de azotes en castigo de su culpa.

El pueblo llano ignoraba por completo las sutilezas de la doctrina cristiana y, de hecho, cabe atribuir gran parte de las amonestaciones de los magistrados del Santo Oficio de Córdoba a rustiqueza y superstición. Pedro Jurado, carpintero y vecino de Córdoba, compareció, allá por el año 1571, en auto de fe; había sostenido que la promiscuidad no era pecado, y que el hombre que no mantenía relaciones sexuales con varias mozas, literalmente y de acuerdo con la transcripción de Rafael Gracia Boix, «no era hombre, sino mariconazo»; fue condenado, sin más, a reconocer lo errado de su opinión. Andrés Hernández, vecino de Baeza, hoy pueblo en la provincia de Jaén, depuso, a principios de la década de 1590, ante los magistrados del Santo Oficio; había dicho, en público, que la simple fornicación no era, en absoluto, pecaminosa, y que, en fin, «más valía ir a las mujeres que a las borricas»; el reo se comprometió a escuchar una misa y el caso quedó, de inmediato, cerrado.

Hubo, por lo demás, algún que otro penitenciado en Córdoba, a lo largo del Quinientos, por haber falsificado una prueba de limpieza de sangre. Fue el caso, sin ir más lejos, de Francisco y Pedro Gutiérrez, hermanos, nietos del hebreo Pedro López Racimo, ambos escribanos, vecino el primero de Baena y el segundo de Córdoba; uno y otro se acogieron a cierta amnistía y la causa, en consecuencia, quedó sobreseída cerca de 1571. Fue, asimismo, el caso de Juan de Baena, vecino -y aun- jurado de Córdoba, que ocultó su origen hebreo con miras a ingresar en la corporación pública; fue condenado, una vez descubierto, a arrostrar una sustanciosa sanción económica y hubo, en fin, de cumplir un año de destierro. Juan de Baena arrastró consigo a nueve amigos que, por hacerle un favor, habían testificado que el buen hombre era cristiano rancio, a sabiendas de que no era cierto.

Era atribución de los magistrados del Santo Oficio depurar a las minorías religiosas de la diócesis, en general, y, en particular, a hebreos y mahometanos. Huelga decir que, en los tiempos de Diego Rodríguez de Lucero, los inquisidores se entregaron, en cuerpo y alma, a la no fácil tarea de desenmascarar a quienes, con nombre de cristianos, practicaban los ritos de la religión hebrea. No eran pocos, por lo visto, y sucede que, imbuidos de milenarismo, esperaban la inminente venida del Mesías y creían, en consecuencia, que el fin del mundo estaba muy próximo. Lo cierto, sin embargo, es que el número de hebreos penitenciados por el Santo Oficio de Córdoba después de la destitución de Diego Rodríguez de Lucero fue, a todas luces, exiguo; la comparecencia pública de una decena de cristianos nuevos, vecinos de Baeza, el día 18 de abril de 1574, fue, sin lugar a dudas, extraordinaria; ninguno de los conversos, por cierto, acabó en el brasero de la Inquisición; los sucesores de Lucero, en efecto, poco amigos de recurrir a la hoguera, dictaron contra la mayoría de los comparecientes penas de cadena perpetua y confiscación de bienes.

El número de moriscos acusados de profesar, en secreto, la fe de Mahoma se incrementó, y cómo, en el último tercio del Quinientos, hasta el punto de que la historiografía considera a los moriscos la minoría religiosa más perseguida por el tribunal cordobés a partir de la década de 1530. Era previsible, y es que la sublevación de Abén Humeya y los mahometanos granadinos (1568-1571) excitó, según parece, el sentimiento religioso de los moriscos cordobeses. Algunos de ellos, de hecho, abandonaron la ciudad y se unieron a los levantiscos; el Santo Oficio de Córdoba devino, en consecuencia, una especie de tribunal de guerra. Castigó a muchos de los sublevados y, en años siguientes, a multitud de moriscos acusados de conspirar, en complicidad con los árabes norteafricanos, contra España.

El hermanastro de Felipe II, don Juan de Austria (1545-1578), acabó por abortar el levantamiento; esclavizó, de paso, a muchos de los rebeldes, y esta circunstancia, como era, por otra parte, de esperar, exacerbó el odio de los islamitas hacia los cristianos e –irónicamente– los hebreos. (Llama la atención, sin ir más lejos, que Lucía López de Aylava, morisca y vecina de Córdoba, opinase, el 8 de diciembre de 1572, ante los magistrados del Santo Oficio, que «quien comía tocino era judío»). El caso de Diego Hernández, morisco y esclavo, vecino de Iznájar, es paradigmático. Compareció ante el Santo Oficio el día 16 de diciembre de 1571; confesó que practicaba, a escondidas y con el nombre de Hamete, la religión islámica y que observaba, con celo piadoso, el ayuno del ramadán. Alonso, muchacho morisco y vecino de Baena, compareció asimismo, el día 8 de diciembre de 1572, ante los magistrados del Santo Oficio; reconoció que su padre le había instruido en los misterios de la fe de Mahoma y que la practicaba, de extranjis, con el nombre de Hacén. La Inquisición de Córdoba, paternalista como de costumbre, resolvió internar a Alonso, por seis meses, en un monasterio para que aprendiese los secretos de la doctrina cristiana.

Caso excepcional, en lo que respecta a la depuración de las minorías religiosas, fue el de Gaspar de Santiago, indio mulato y pagano, que compareció en auto de fe celebrado el día 24 de noviembre de 1566 y confesó haber dicho que deseaba volver a América y que, en puridad, no creía en Dios, sino que adoraba a Sol y a Luna. Los procesos abiertos contra sospechosos de pertenecer a la secta luterana son, por supuesto, muy escasos y estuvieron, en líneas generales, protagonizados por individuos naturales de las regiones contaminadas, en especial, Alemania y Francia. Sirva de ilustración el caso de Juan Cansaro, ciudadano francés que murió, allá por el año 1563, en el brasero de la Inquisición; y el de Jaime Policía, gabacho asimismo que, allá por el año 1566, se libró, arrepentido in extremis, de la hoguera.

La Inquisición de Córdoba procesó, a lo largo del siglo XVI, a medio centenar de personas acusadas de practicar la poligamia. Los penitenciados eran, en su mayoría y contra lo que, en principio, cabría esperar, cristianos –y no musulmanes– que contraían segundas y sucesivas nupcias en vida de sus cónyuges originales. El caso de María Díaz, vecina de Carcabuey, es, a este respecto, paradigmático. Casó, a la edad de dieciséis años, con Juan Pérez Gadea, soldado; el esposo marchó a Italia y allí se estuvo largos años; la esposa lo dio por muerto y volvió a casarse; un buen día, sin embargo, Juan Pérez retornó a casa. Los magistrados del Santo Oficio de Córdoba, considerando que el segundo marido de María Díaz había muerto a la sazón, resolvieron usar de la clemencia: prescribieron, el día 28 de octubre de 1569, una misa a la pobre muchacha.

Los procesos contra las hechiceras no eran, en líneas generales, ordinarios. Es cierto, sin embargo, que el Santo Oficio de Córdoba hubo de instruir, en los últimos años del siglo XVI, un gran número de causas de este tipo. El caso de Antonia de Buenrostro, viuda y natural de Córdoba, fue, a lo que parece, el primero de una muy larga lista. Compareció ante los inquisidores del Santo Oficio cerca de 1571, acusada de haber invocado demonios, y fue, de inmediato, absuelta por defecto de probanza. Las hechiceras, en cualquier caso, fueron las protagonistas del auto de fe habido, el día 8 de diciembre de 1572, en la ciudad de Córdoba. Catalina Rodríguez, Leonor Rodríguez "La Camacha", Mari Sánchez "la Roma", y Mayor Díaz, todas ellas vecinas de la localidad de Montilla, comparecieron en compañía de Ana Ortiz, de Baeza, y Rodrigo de Narváez, de Jaén, convictos ambos, asimismo, de taumaturgia. Confesaron haber hecho pacto con el diablo; trazado círculos en el suelo con el objeto de invocar demonios; y celebrado nocturninas ceremonias rituales en el cementerio de la localidad.

La Camacha era, a lo que parece, quien acaudillaba el movimiento; Miguel de Cervantes escribió, por cierto, una muy conocida enumeración de sus presuntas habilidades en El coloquio de los perros:

«Ella congelaba las nubes cuando quería, cubriendo con ellas la faz del sol, y cuando se le antojaba, volvía sereno el más turbado cielo; traía los hombres en un instante de lejas tierras; remediaba maravillosamente las doncellas que habían tenido algún descuido en guardar su entereza; cubría a las viudas que con honestidad fuesen deshonestas; descasaba las casadas, y casaba las que ella quería. Por diciembre tenía rosas frescas en su jardín y por enero segaba trigo. Esto de hacer nacer berros en una artesa era lo menos que ella hacía, ni el hacer ver en un espejo, o en la uña de una criatura, los vivos o los muertos que le pedían que mostrase. Tuvo fama que convertía a los hombres en animales, y que se había servido de un sacristán seis años, en forma de asno».

Leonor Rodríguez recibió, en consecuencia, una pena más grave que la de sus amigas y compatriotas. Es de notar, por cierto, que ninguna de las sagas, a pesar de los gravísimos delitos que reconocieron haber cometido, acabó en la hoguera; la Camacha, sin ir más lejos, recibió cien azotes en Córdoba, cien en Montilla, pagó una multa de ciento cincuenta ducados, prestó dos años de servicio público en un hospital de Córdoba y hubo, en fin, de vivir diez en el destierro. Las penas, en cambio, del resto de las acusadas fueron bastante más leves; Mayor Díaz, de hecho, no recibió ni un solo azote: su pena consistió, sin más, en la vergüenza pública.

Interferir en la actividad del Santo Oficio, por supuesto, constituía delito. Los testigos que deponían ante los magistrados de la Inquisición debían abstenerse, so pena de excomunión, de hacer público el contenido de sus declaraciones. No siempre, sin embargo, lo hacían. Leonor Rodríguez "La Camacha" compareció, cerca de 1571, en solemne auto de fe, acusada de divulgar detalles de su deposición ante el tribunal del Santo Oficio; no se pudo, con todo, demostrar su culpabilidad y Leonor Rodríguez quedó, en consecuencia, libre. Hacerse pasar por miembro del Santo Oficio era, por supuesto, punible, y consta que, en el transcurso del siglo XVI, algún que otro cordobés hubo de purgar este delito. Intimidar a un testigo del Santo Oficio estaba, en fin y como era, por otra parte, de esperar, penado. Bien lo debió aprender, por ejemplo, Juan Gutiérrez, vecino de Rute, que increpó y amenazó a varias personas que, a lo que parece, habían testificado, ante los magistrados de la Inquisición, en contra de su esposa; fue reprehendido en público el día 13 de mayo de 1587.

La Inquisición de Córdoba apenas instruyó, a lo largo del siglo XVI, un par de causas acerca de delitos, por así decir, intelectuales. Llama la atención, sin embargo, el caso de Antonio Morillo, natural de Bujalance y ciego, que escondía algún que otro libro reprobado por el tribunal del Santo Oficio. Los magistrados se limitaron a imponerle, el día 28 de octubre de 1569, una multa de doce ducados.

A modo de ejemplo y como muestra, se recoge a continuación una relación de procesados por delitos de fe pertenecientes al Tribunal de la Inquisición de Córdoba que se despacharon entre los años 1565 y 1566 incluyendo los que salieron en el auto de fe celebrado el 24 de noviembre de 1565 y los que resultaron tras la visita realizada por el inquisidor visitador Servicial el año 1566 en Baeza y su comarca, y estado de sus causas[13] en los que son juzgados por celebrantes sin orden (1), bigamia (9), blasfemia (85), agravios al Santo Oficio (3), sacrilegio (1), hechicería (3), falso testimonio (4), judaizantes (7), moriscos (10), proposiciones heréticas (67), protestantes (1), por revelar secretos (1) o por sospecha de herejía (1).

Otro de estos casos lo podemos poner en 1586 donde[14]

Se procesaron 10 personas por blasfemias: Mateo Pérez, Miguel Gallego, Ana Rodríguez, Leonor de Torres, Pedro de Llerena, Andrés Hernández, Antonio Bernardo, Sebastián de Arjona, Domingo de Benavides y Andrés Martín.

Se procesaron 21 personas por proposiciones heréticas: Juan González de Pubillones, Catalina Rodríguez, María Caballero, Bartolomé de Heredia, Juan Berrio, Bartolomé de Porras, Diego de Vergara, Pedro Ruiz, Andrés López, Catalina Rodríguez, Constantino López, Martín Ruiz Vaquero, Hernando de Morales, Pascual Jiménez, Juana de Lara, Diego de la Cruz, Antonio de Luna, Francisco de Mora, San Román (sin nombre), Alonso Díaz y Diego Ruiz.

Se procesaron 3 personas por solicitación: Juan Ordóñez, Pedro Cañete y Juan de Frías.

Se procesó 1 persona por falso testimonio: Gaspar Antonio de Berrio.

Se procesó 1 persona por hechicería: María de Vilches.

Se procesaron 4 personas por moriscos: María de Herencia, María Enríquez, Isabel (sin apellidos) y Luis de Berrio.

Se procesaron 4 personas por bigamia: Antonia García, Miguel de Lucena, María Fernández y Luis Navarro.

Se procesaron 5 personas por testigos falsos: Martín García Lozano, Juan Jiménez, Jerónimo de Escobar, María Hernández y Alonso de Almoguera.

Se procesaron 7 personas por alumbrados: Isabel de la Cruz, Cristóbal Moreno, María Romera, Ana Lucas, Isabel de Quesada, Pedro de Roma y Antonia Rodríguez.

Se procesó 1 persona por ser protestante: Juan Francés.

Se procesó 1 persona por ser alumbrado y solicitante: Gaspar Lucas.

Se procesó 1 persona por otro delito: Lucas de Montemayor, por hacerse pasar por ministro del Santo Oficio.

Tercera etapa. Persecución al judaizante (1630 - 1720)

Durante el siglo XVII el tribunal cordobés recuperó protagonismo con la persecución de los criptojudíos, en buena parte de origen portugués, llegados a Castilla tras la unión de las coronas ibéricas. Tuvieron lugar diferentes autos de fe celebrados en la ciudad:[15]

Cuarta etapa. Decadencia del tribunal (1718 - 1799)

Durante el siglo XVIII la actividad del tribunal decayó progresivamente, aunque todavía se celebraron autos de fe con condenados a la hoguera en su primera mitad, en el marco de la última gran oleada represiva contra judaizantes de la Inquisición española:

Extinción del tribunal (1808 - 1834)

El principio del fin llegó con la invasión francesa. Tras la entrada de las tropas napoleónicas en Córdoba, el 20 de febrero de 1810 Manuel María de Arjona, canónigo penitenciario de la Catedral, y José Garrido prendieron fuego al archivo de la Inquisición de Córdoba por orden del comisario regio bonapartista conde de Casa Valencia, destruyendo la mayor parte de la documentación procesal del tribunal.[16]

Las Cortes de Cádiz declararon la Inquisición incompatible con la Constitución de 1812 y la abolieron por decreto de 22 de febrero de 1813. Fernando VII, a su regreso en 1814 y tras recibir en Valencia el Manifiesto de los Persas, restableció el Santo Oficio junto con el absolutismo. El pronunciamiento de Riego dio lugar a una nueva supresión: por decreto de 9 de marzo de 1820 quedaron suprimidos la Suprema y todos los tribunales de distrito, incluido el de Córdoba, que ya no volvería a funcionar. Tras el Trienio Liberal, Fernando VII no restauró formalmente la Inquisición, funcionando en su lugar en algunas diócesis las llamadas Juntas de Fe. La supresión definitiva llegó por decreto de 15 de julio de 1834, firmado por la reina gobernadora María Cristina de Borbón durante el gobierno de Martínez de la Rosa.[17]

El Alcázar de los Reyes Cristianos, desalojado por el Santo Oficio, pasó a manos municipales y fue utilizado como cárcel civil y militar hasta 1931, siendo restaurado y convertido en espacio cultural a partir de su cesión definitiva al Ayuntamiento en 1955.

Fuentes documentales

La destrucción del archivo cordobés en 1810 explica que la documentación conservada del tribunal sea fragmentaria. Los fondos supervivientes —en especial las informaciones genealógicas de limpieza de sangre y la documentación de hacienda— se custodian en la Sección de Inquisición del Archivo Histórico Nacional, adonde llegaron desde el Archivo General de Simancas a partir de 1896. Existe además una notable laguna documental en las relaciones de causas anteriores a 1558, lo que obliga a reconstruir la primera etapa del tribunal a partir de la documentación del Consejo de la Suprema y de fuentes indirectas.[18]

Entre los estudios de referencia sobre el tribunal cordobés destacan la colección documental de Rafael Gracia Boix, los trabajos de Ana C. Cuadro García sobre la acción inquisitorial contra los judaizantes (1482-1508) y las investigaciones de Enrique Soria Mesa sobre la presencia de judeoconversos entre los propios ministros del Santo Oficio.[19]

Conferencias relacionadas

Conferencia "Una Inquisición conversa: la presencia de judeoconversos entre los ministros del Santo Oficio" (15 de noviembre de 2018). Dr. Enrique Soria Mesa (Universidad de Córdoba).

Referencias

  1. Conferencia "25 Años de Terror: los inicios de la Inquisición en Córdoba (Antonio J. Díaz)". Ciclo de Otoño de 2018
  2. Portal de Archivos Españoles (PARES): "Tribunal de la Inquisición de Córdoba", en http://pares.mcu.es/ParesBusquedas20/catalogo/description/178106
  3. Junta de Andalucía. Archivo General de Andalucía: "El Manifiesto de las Cortes de Cádiz sobre la abolición de la Inquisición", documento del mes.
  4. Ayuntamiento de Córdoba: "La Inquisición en Córdoba", en Visita Virtual del Alcázar de los Reyes Cristianos, https://alcazardelosreyescristianos.cordoba.es
  5. Portal de Archivos Españoles (PARES): "Tribunal de la Inquisición de Córdoba", en http://pares.mcu.es/ParesBusquedas20/catalogo/description/178106
  6. Córdoba, 1483 El primer fuego de la Inquisición. Entrevista a Manuel Ramos. El Día de Córdoba. 8 de mayo de 2016
  7. CUADRO GARCÍA, A. Acción inquisitorial contra los judaizantes en Córdoba y crisis eclesiásticas (1482-1508). Página 20. Revista de Historia Moderna. Citada en La Calleja de las Flores. Disponible en Internet
  8. CUADRO GARCÍA, A. Acción inquisitorial contra los judaizantes en Córdoba y crisis eclesiásticas (1482-1508). Página 15. Revista de Historia Moderna. Citada en La Calleja de las Flores. Disponible en Internet
  9. CUADRO GARCÍA, A. Acción inquisitorial contra los judaizantes en Córdoba y crisis eclesiásticas (1482-1508). Página 23. Revista de Historia Moderna. Citada en La Calleja de las Flores. Disponible en Internet
  10. CUADRO GARCÍA, A. Acción inquisitorial contra los judaizantes en Córdoba y crisis eclesiásticas (1482-1508). Página 15. Revista de Historia Moderna. Citada en La Calleja de las Flores. Disponible en Internet
  11. Hispania Sacra (2021): "Una Inquisición sin inquisidores: los procesos de Córdoba y la crisis del Tribunal entre Roma y la península ibérica (1506-1507)", en https://hispaniasacra.revistas.csic.es/index.php/hispaniasacra/article/view/905
  12. Western Sephardic Diaspora Roadmap: "Tribunal de la Inquisición de Córdoba", en https://projetos.dhlab.fcsh.unl.pt/s/wsdroadmap/item/62295
  13. Relación de auto de fe, causas de fe y causas de visita del Tribunal de la Inquisición de Córdoba. 1565 a 1566. 1566-12-09.
  14. Relación de causas de fe y causas pendientes del Tribunal de la Inquisición de Córdoba. 1587 a 1588
  15. Anales de la ciudad de Córdoba. Luis María Ramírez de las Casas Deza
  16. Western Sephardic Diaspora Roadmap: "Tribunal de la Inquisición de Córdoba", en https://projetos.dhlab.fcsh.unl.pt/s/wsdroadmap/item/62295
  17. Junta de Andalucía. Archivo General de Andalucía: "El Manifiesto de las Cortes de Cádiz sobre la abolición de la Inquisición", documento del mes.
  18. MARTÍNEZ BARA, José Antonio (1970): "Catálogo de informaciones genealógicas de la Inquisición de Córdoba conservadas en el Archivo Histórico Nacional", Madrid, Dirección General de Archivos y Bibliotecas.
  19. GRACIA BOIX, Rafael (1982): "Colección de documentos para la historia de la Inquisición de Córdoba", Córdoba, Publicaciones del Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Córdoba.